Ley de la Ciencia, Ley 14/2011 de 1 de junio- TÍTULO PRIMERO.- INSTRUMENTOS
TÍTULO PRIMERO.- GOBERNANZA DEL SECTI - Artículos 6 al 11
Los dos instrumentos de que dispone el SECTI para alcanzar los objetivos generales del artículo 2 son:
1.- Estrategia española de ciencia y tecnología
2.- Estrategia española de innovación
ARTÍCULO 6.- ESTRETEGIA ESPAÑOLA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Es un instrumento para alcanzar los objetivos generales (artículo 2) establecido en materia de investigación científica y técnica.
Tiene carácter plurianual. Vincula al Estado y a las CAA.
En el se definirán:
Incluye:
principios básicos, objetivos generales e indicadores
prioridades de la política de innovación
objetivos de los planes del Estado y de las CCAA
mecanismos de articulación con las políticas sectoriales
ejes prioritarios de la innovación que incluirán
Los dos instrumentos de que dispone el SECTI para alcanzar los objetivos generales del artículo 2 son:
1.- Estrategia española de ciencia y tecnología
2.- Estrategia española de innovación
ARTÍCULO 6.- ESTRETEGIA ESPAÑOLA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Es un instrumento para alcanzar los objetivos generales (artículo 2) establecido en materia de investigación científica y técnica.
Tiene carácter plurianual. Vincula al Estado y a las CAA.
En el se definirán:
- principios básicos, objetivos generales e indicadores
prioridades científico-técnicas y sociales
instrumentos de coordinación
objetivos de los planes del Estado y de las CCAA
mecanismos de articulación con las políticas sectoriales del Gobierno, de las CCAA, de la UE y de los organismos internacionales
- Mecanismos de articulación con la estrategia española de innovación para evitar duplicidades y redundancias
¿QUIEN ELABORA LA ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA?
El Ministerio de Ciencia e Innovación en colaboración con el Consejo de Política científica, Tecnológica y de Innovación.
Se somete al informe de:
- El propio CPCTI ( que lo ha elaborado)
- El consejo asesor de ciencia, tecnología e innovación
- De los órganos de planificación económica de la AGE
- De la comisión delegada de Gobierno para Política científica
- De loa órganos que resulten procedentes
Se eleva al GOBIERNO PARA SU APROBACIÓN
Se remite a las Cortes Generales
ARTÍCULO 7 ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE INNOVACIÓN
Instrumento para alcanzar los objetivos generales en materia de innovación (artículo 2)
Marco de referencia plurianual para la Innovación para el Estado y las CCAA.
Incluye:
principios básicos, objetivos generales e indicadores
prioridades de la política de innovación
objetivos de los planes del Estado y de las CCAA
mecanismos de articulación con las políticas sectoriales
ejes prioritarios de la innovación que incluirán
1.- La modernización del entorno financiero
2.- El desarrollo de mercados innovadores
3.- Las personas
4.- La internacionalización de las actividades innovadoras
5.- Cooperación territorial como base fundamental de la innovación
¿QUIEN ELABORA LA ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE INNOVACIÓN?
El Ministerio de Ciencia e Innovación en colaboración con el Consejo de Política científica, Tecnológica y de Innovación.
Se somete al informe de:
- El propio CPCTI ( que lo ha elaborado)
- El consejo asesor de ciencia, tecnología e innovación
- De los órganos de planificación económica de la AGE
- De la comisión delegada de Gobierno para Política científica
- De loa órganos que resulten procedentes
Se eleva al GOBIERNO PARA SU APROBACIÓN
Se remite a las Cortes Generales
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